AMPAROS DE SALUD: QUE HACER CUANDO LA OBRA SOCIAL NO TE ACOMPAÑA

Vivir más años es una buena noticia. El problema es cuando el sistema de salud no te acompaña.

Hablamos mucho de longevidad activa — de vivir más, mejor, con propósito. Pero hay una parte que no se puede dejar afuera: la salud.

Prepagas que deniegan una cirugía. PAMI que no cubre un medicamento de alto costo. Coberturas de discapacidad que se complican justo cuando más se necesitan. Aumentos de cuota insostenibles con los años.

Todo eso tiene una herramienta legal: el amparo de salud.

Hoy te cuento en qué situaciones concretas se aplica.

Medicamentos de alto costo no cubiertos: prepagas y PAMI muchas veces niegan o demoran la entrega de medicación oncológica, biológica o de tratamientos crónicos. La ley los obliga a cubrirla. El amparo es la vía para exigirlo.

Cirugías o tratamientos denegados: una intervención necesaria que la prepaga rechaza por «no estar en el plan» o por demoras injustificadas. Existen herramientas legales para destrabarlo rápido, incluso con medidas cautelares.

Discapacidad y coberturas específicas: el Certificado Único de Discapacidad (CUD) habilita una cobertura integral. Cuando la prepaga o PAMI no cumplen, el amparo es el camino.

Aumentos desmedidos de cuota: los aumentos de prepaga tienen límites legales, especialmente para mayores de 65 años. Si te aumentaron de forma desproporcionada, se puede reclamar.

Conservar tu obra social al jubilarte: al jubilarte tenés derecho a mantener tu obra social de toda la vida en lugar de pasar a PAMI. No es automático — hay que pedirlo a tiempo.

La salud no debería ser una batalla constante. Si te está pasando algo de esto, hay caminos legales para resolverlo.

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PLANIFICAR LA JUBILACIÓN ES UNA CUESTIÓN DE SALUD

PLANIFICAR LA JUBILACIÓN NO ES SOLO ESTRATEGIA. ES UNA CUESTIÓN DE SALUD

Una mala planificación jubilatoria no solo impacta en tus ingresos.

Estudios de la U.S. Health and Retirement Study de la Universidad de Michigan advierten que, después del retiro y durante el primer año, el riesgo de eventos cardiovasculares —como infarto o ACV— puede incrementarse significativamente cuando la transición no fue planificada de manera adecuada.

La falta de planificación suele traer consigo:
* Incertidumbre económica
* Pérdida de rutina y de propósito
* Ansiedad
* Depresión
* Disminución del vínculo social

Estos factores tienen consecuencias concretas en la salud mental, física y generan estrés financiero.

Por eso, la planificación jubilatoria no debe abordarse solo desde lo técnico.
Implica mucho mas:

✔ Anticipar decisiones legales y económicas relevantes
✔ Ordenar la situación previsional con tiempo
✔ Diseñar cómo se va a transitar esta nueva etapa

De esta forma, jubilarse será una transición hacia un nuevo proyecto de vida, no un cierre ni un deterioro en la calidad de vida.

Planificar es, en definitiva, una forma de cuidar tu futuro en términos integrales protegiendo tu patrimonio y tu salud.

MORATORIA PREVISIONAL: Puedo comprar aportes para jubilarme?

Voy a poder jubilarme algún día?
Siempre trabajé en negro puedo regularizar esos aportes?
Tengo pocos aportes puedo comprar los que me faltan?

Estas preguntas las escuchamos a diario y son una de las principales razones por las que nuestros clientes se acercan buscando asesoramiento.

La Ley 27.705 de Moratoria Jubilatoria es la respuesta a todas esas preguntas y una oportunidad única para regularizar tu situación.

Si tenés dificultades para acceder a tu retiro por falta de aportes y, ya tenes 60 años en caso de ser mujer o 65 si sos hombre, esta ley permite comprar los que te estén faltando y que estos sean descontados de tu haber.
En algunos casos hay que cancelar esos aportes en un solo pago de contado pero son casos excepcionales que exceden esta publicación (te explicaremos esto otro día!).
Ahora bien… ATENTOS! Esta posibilidad de comprar aportes vence el próximo mes de Marzo (23/3/25) así que si estás en este grupo apurate a iniciar tu trámite!

La ley 27.705 trajo otra novedad: si no tenes edad para jubilarte pero sos mayor de 50 (mujer) o 55 (hombre) podes regularizar tu situación comprando ahora los aportes que ya sabes que van a faltarte al momento de jubilarte.
Esta posibilidad continuará vigente luego del 23/3/2025.

No te pierdas esta oportunidad! Informate y accede a los beneficios de la Ley 27.705.

¡Es hora de asegurarte tu jubilación!

Escribinos así estudiamos tu caso juntos y buscamos la mejor alternativa para acceder a tu retiro!

MARIANA LAURA TEMPORELLI

ABOGADA

T13 F 111 CABB

QUÉ SUCEDERA CON EL BONO PARA LOS JUBILADOS EN EL 2025?

QUÉ SUCEDERA CON EL BONO PARA LOS JUBILADOS EN EL 2025?

En el mes de Octubre de 2024, al trabajar el presupuesto en comisiones, funcionarios oficiales habían informado que el bono extraordinario de $70.000 continuaría vigente durante el año 2025, pero manteniendo, en principio, el mismo monto establecido desde marzo de 2024.

En ese momento el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, sostuvo durante una reunión de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados que “La discrecionalidad del bono nos da la flexibilidad de que si queremos incrementarlo más adelante lo podremos incrementar; resignaremos partidas de donde consideremos apropiado, pero en principio queremos dejar en claro que les garantizamos a los jubilados y pensionados que, como mínimo, van a tener el mismo bono”. El funcionario de Economía insistió en que iban a garantizar el bono,  aclaración que hizo -según afirmó- “porque muchas veces se habló de que queríamos eliminarlo”.

Durante el primer mes del año el bono se mantuvo en $70.000 como se venía haciendo.

El problema fundamental es que,  al no ser parte del haber, el bono no se actualiza de acuerdo a la fórmula de movilidad y va perdiendo poder adquisitivo a medida que pasan los meses.

El segundo gran inconveniente es que  se dirige exclusivamente a quienes perciben la jubilación mínima y ciertas prestaciones relacionadas, como la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC), pagándose en forma proporcional hasta llegar al umbral de la prestación mínima mensual con el bono en el caso de aquellos que tienen un haber superior al mínimo pero inferior a esa sumatoria.

Si bien a postura del gobierno trajo cierta tranquilidad, en el sentido de mantener el mismo, el hecho de que aumentarlo o no sea algo completamente discrecional y sin estar sujeto a ningún índice termina, por el contrario, trayendo mas incertidumbre y un panorama para nada esperanzador.

MARIANA TEMPORELLI

ABOGADA

T 13 F 111 CABB

QUE ES LA PLANIFICACION PATRIMONIAL?

-Distribución de patrimonio entre herederos
-Protección del cónyuge/conviviente
-Formación de fondos para menores/discapacitados
-Otorgamiento de legados
-Pautas para la protección patrimonial
-Protección de padres mayores
-Resolución de conflictos sucesorios
-Traspaso de la propiedad de la empresa

 

⚖️Nuestro equipo de profesionales cuenta con la capacidad de asesorar a quienes no sepan cómo resolver alguna de estas situaciones.

Consultanos!